CIP

Carriadge and Insurance Paid To

“Transporte y Seguro Pagados hasta” significa que El exportador entregará la mercancía al transportista que haya contratado (u otra persona designada por el propio exportador), en el lugar acordado entre exportador e importador. El transportista llevará la mercancía desde este lugar / punto de entrega hasta el lugar / punto de destino. El lugar / punto de entrega de la mercancía no coincide con el de destino. Es conveniente especificar al máximo ambos puntos en el contrato de compraventa, ya que el reparto de costes y la transmisión de riesgos entre exportador e importador no se producen en el mismo lugar. La obligación de entrega de la mercancía, por parte del exportador, termina con la entrega al transportista y NO con la llegada de la mercancía al lugar de destino. Sin embargo, el exportador asume los costes del transporte hasta el lugar / punto de destino acordado. El riesgo de pérdida o daño de la mercancía es transferido por el exportador al importador en el lugar / punto de entrega de dicha mercancía. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato de transporte que ha de formalizar el exportador determinará quién (exportador / importador) asume cada uno de costes asociados a la mercancía durante su tránsito y descarga hasta / en el lugar de destino. El riesgo, asumido por el importador, de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte estará cubierto por el seguro que ha de contratar el exportador. No obstante, el exportador sólo está obligado a adquirir un seguro con una cobertura mínima, por lo que si el importador desea ampliarla, será él quien asuma los costes adicionales. De acuerdo con los Incoterms 2020, el exportador ha de contratar una cobertura según las Cláusulas de Carga del Instituto (A); sin perjuicio de que las partes puedan convenir una cobertura menor.